El reto de adoptar un canal de denuncias en la administración local española

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La nueva Ley de Protección al Informante exige implantar un canal de denuncias antes del 13 de junio a los municipios de más de 10.000 habitantes. En total serían más de 750. Adicionalmente, 7.400 municipios de menos de 10.000 habitantes tienen hasta el 1 de diciembre para hacerlo.

La nueva Ley de Protección al Informante, aprobada por el Congreso de los Diputados el pasado 16 de febrero y en vigor desde el 13 de marzo, recoge que todas las empresas de más de 50 empleados, entidades públicas, organizaciones políticas y sindicales con fondos públicos van a tener que contar con un sistema interno de información o canal de denuncias en el seno de sus entidades.

A nivel público, los ayuntamientos de los 762 municipios españoles que tienen más de 10.000 habitantes deben implantar su propio canal de denuncias antes del 13 de junio. A su vez, los más de 7.350 ayuntamientos con una población menor de 10.000 habitantes tienen de plazo para ello hasta el 1 de diciembre de 2023.

Conscientes de la necesidad que tienen este tipo de compañías y entidades, Grupo Logalty ha desarrollado una tecnología propia que permite a cada empresa y a cada ayuntamiento implementar su propio canal de denuncias. Se trata de RegTech Canal de Denuncias, una tecnología en la nube que contempla la denuncia de cualquier conducta que implique la comisión de un delito o la comisión de una infracción administrativa grave o muy grave, afectando a todo tipo de sectores, garantizando la protección del informante.

María Dolores Pescador, presidenta ejecutiva de Grupo Logalty, afirma que “la tecnología es un aliado imprescindible para cumplir con los dos principales requisitos de la nueva ley: el anonimato del denunciante y la supresión de datos en el tiempo establecido. Nuestro canal de denuncias permite a las personas informar sobre sospechas de mala conducta de forma confidencial, con la seguridad jurídica y tecnológica que avala la larga trayectoria de Grupo Logalty en el cumplimiento del compliance”.